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Subvenciones a mujeres para la obtención del PERMISO de CONDUCCIÓN para vehículos de las categorías B, C1, C, D1, D, E y de la autorización BTP (2010)

08.02.2010 |

Objeto:

Favorecer la inserción laboral de las mujeres de Castilla y León, así como potenciar su autonomía personal a efectos de promover su superación tanto personal como laboral, y mejorar sus condiciones sociales y culturales, siendo su objeto la financiación de la obtención del permiso de conducir para los vehículos de las categorías B, C1, C, D1, D, E y de la autorización BTP . Estas subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

¿Quién lo puede solicitar?:

MUJERES que cumplan los requisitos a la fecha de presentación de la solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

a) Estar empadronada en cualquiera de los municipios de Castilla y León.

b) Residir de forma ininterrumpida 12 meses anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria en cualquiera de los municipios de Castilla y León.

c) Tener una edad igual o superior a 30 años.

d) Estar en situación de desempleo.

¿Para qué es la ayuda?:

Tendrán la consideración de gastos subvencionables los correspondientes al pago de la matrícula de la autoescuela y de las clases teóricas y prácticas.

Será subvencionable la obtención del permiso de conducción de las clases B, C1, C, D1, D, E y de la autorización BTP durante el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2009 y el día de la publicación de esta convocatoria

Cuantia:

  • La cuantía máxima de la subvención a conceder será de un 100% del coste total de la actuación subvencionada, con el límite máximo de 400 euros por beneficiaria, o 450 euros si se trata de mujeres con discapacidad
  • En ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas no podrá superar el coste total de la actuación subvencionada.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud mediante instancia normalizada que irá dirigida al Sr. Consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Con la solicitud se autorizará al órgano administrativo para que pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la información que estime precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos. En caso de no otorgar dicha autorización deberá aportar junto con la solicitud la documentación acreditativa de dichos datos.

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación, que en el caso de presentarse de forma telemática se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico:

– Original de las facturas acreditativas del coste de la actuación subvencionada.
– Justificante del pago efectuado. El justificante del pago se hará mediante cualquiera de las siguientes formas:
– Inclusión en la propia factura del pago o recibí con la fecha, firma y sello de la empresa emisora, en el caso de que el pago se hubiera realizado en efectivo.
– Copia compulsada del adeudo bancario o del movimiento bancario, si el pago se hubiera realizado por cheque o transferencia bancaria.
– Copia compulsada del documento que acredite que está inscrita como desempleada.
– Copia compulsada del permiso de conducción obtenido.
– Volante de empadronamiento emitido por el respectivo Ayuntamiento
– En el caso de solicitudes presentadas por mujeres de países no pertenecientes a la Unión Europea, documentación acreditativa compulsada de su residencia legal en España.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 30 de enero de 2010 hasta el 18 de febrero de 2010

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

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